Comunicado Provincial// SOBREPOBLACIÓN CARCELARIA EN CONTEXTO DE PANDEMIA
La Plata, 3 de mayo de 2020.
SOBREPOBLACIÓN CARCELARIA EN CONTEXTO DE PANDEMIA
El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, en función de la reunión mantenida en el día de la fecha, expresa que:
1. En diciembre de 2019 la población carcelaria duplicaba el número de plazas y si bien hoy la tendencia es decreciente todavía hay 45.000 internos para 24.000 lugares.
2. Los datos son contundentes: las cárceles existentes en la provincia, que dependen del Poder Ejecutivo, son insuficientes para albergar a la cantidad de personas privadas de libertad que genera el sistema judicial bonaerense en el cual nos desempeñamos. Este desequilibrio desatiende mandatos constitucionales y pactos internacionales. Y puede generar responsabilidad del Estado. Las políticas públicas deben orientarse a equilibrar el sistema. Los magistrados y funcionarios judiciales no establecemos las políticas públicas, no edificamos cárceles, ni compramos tobilleras. Actuamos aplicando las leyes por mandato constitucional.
3. Las morigeraciones, arrestos domiciliarios y demás resoluciones excarcelatorias solicitadas han sido analizadas por los magistrados caso por caso. Todas estas decisiones son recurribles por las partes. El Ministerio Público Fiscal, que representa los intereses de la sociedad, puede apelarlas y promover la revisión de cada decisión. Tenemos la tasa de prisionización más alta del país, lo que significa que hay más detenidos por cantidad de habitantes que en cualquier otro punto de Argentina. La vocación de los magistrados y funcionarios bonaerenses es solucionar pacíficamente las controversias, poner límites a los abusos y evitar que los delitos queden impunes.
4. El Tribunal de Casación provincial fijó posición haciendo lugar a una acción de Hábeas Corpus colectivo interpuesto por Defensores Oficiales. Pero cada juez/a ha evaluado los casos concretos. Existen vías de impugnación para revisar las decisiones adoptadas que están siendo ejercidas por el Ministerio Público Fiscal.
5. Este Colegio, en línea con la posición histórica sostenida en sus más de 55 años, expresa su rechazo a la injerencia indebida de quienes pretenden incidir o sancionar a los magistrados por los contenidos jurídicos de sus decisiones jurisdiccionales.
6. La provincia de Buenos Aires no ha adherido a la Ley Nacional de Víctimas nro. 27.372. El Colegio provincial promueve que se proceda a su adhesión legislativa, para que las víctimas y sus familias puedan ser escuchadas y ejercer así plenamente sus derechos. Hemos solicitado a la SCBA que todas las medidas cautelares de protección en favor de las víctimas sean prorrogadas, lo que fue concedido y está plasmado en la Resolución 20/12. Además, todas las sentencias definitivas son anoticiadas a las víctimas (art. 83, C.P.P.).
7. Es necesario asignar mayor presupuesto para garantizar la sanidad en las unidades penitenciarias y construir más lugares de alojamiento, así como para que se adquieran tobilleras electrónicas, botones antipánico u otros sistemas de monitoreo confiables, a fines de optimizar la protección de la ciudadanía.
El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires destaca que a pesar de la deficitaria situación estructural del sistema de justicia, agravada por la pandemia de COVID-19, los operadores judiciales seguimos sosteniendo con responsabilidad y compromiso la tutela de los derechos y garantías de nuestros conciudadanos.